A- de 2023
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Claimant Aliansalud Entidad Promotora De Salud Sa Aliansalud Eps·Respondent Ministerio De Salud Y Proteccion Social
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Configuración de cosa juzgada
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre los Juzgados Treinta y Cinco Laboral del Circuito, Veinticuatro Civil del Circuito en Oralidad y Treinta y Ocho Administrativo Oral del Circuito, Sección Tercera, todos de Bogotá.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda laboral que interpuso Aliansalud EPS en contra del Ministerio de Salud y Protección Social, con el fin de obtener el reconocimiento y pago de unas sumas de dinero asumidas en la prestación de servicios de salud que no se encontraban cubiertas en el POS (hoy PBS), o no financiadas en las Unidades de Pago por Capitación (UPC), y que fueron reclamadas mediante el procedimiento administrativo especial de recobro y que fueron negadas, al ser glosadas total o parcialmente.
Teniendo en cuenta que la Corte constató que existe una providencia del año 2018 dictada por la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura mediante la cual se dirimió el conflicto de jurisdicciones objeto de estudio y asignó la competencia a la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral, concretamente al Juzgado Treinta y Cinco Laboral del Circuito de Bogotá, se decidió estarse a lo resuelto en dicha providencia y remitir el expediente a dicha autoridad, para que proceda con lo de su competencia, y comunique la presente decisión a los interesados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO por el Consejo Superior de la Judicatura en Auto del 23 de agosto de 2018, en la cual se decidió que la competencia para conocer de este asunto correspondía a la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral y, específicamente, al Juzgado Treinta y Cinco Laboral del Circuito de Bogotá
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-3855 al Juzgado Treinta y Cinco Laboral del Circuito de Bogotá, conforme a lo dispuesto en el auto del Consejo Superior de la Judicatura para que proceda con lo de su competencia, y comunique la presente decisión al Juzgado
- Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Bogotá, Sección Primera y a los interesados.
- TERCERO. Contra esta decisión no procede ningún recurso.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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